PREFACIO DE LA EDICIÓN EN ALEMÁN DE 1934
Hace casi un cuarto de siglo que emprendí la tarea de
elaborar una teoría pura del derecho; es decir; una teoría depurada de toda
ideología política y de todo elemento de las ciencias de la naturaleza, y
consciente de tener un objeto regido por leyes que le son propias. Mi finalidad
ha sido desde el primer momento elevar la teoría del derecho, que aparecía
expuesta esencialmente en trabajos más o menos encubiertos de política jurídica,
al rango de una verdadera ciencia que ocupara un lugar al lado de las otras
ciencias morales. Se trataba de profundizar las investigaciones emprendidas
para determinar la naturaleza del derecho, abstracción hecha de sus diversos
aspectos, y de orientarlas en toda la medida posible hacia la objetividad y la
precisión, ideal de toda ciencia.
Hoy tengo la satisfacción
de comprobar que no me he quedado solo en este camino. En todos los países civilizados,
en todas las profesiones jurídicas, por diferentes que sean unas de otras, en
los teóricos y los prácticos, y aun en los representantes de otras ciencias
morales, he encontrado un eco alentador. Un grupo de juristas preocupados por
los mismos problemas ha constituido lo que se denomina "mi escuela",
que solamente lo es en el sentido de que cada uno de sus miembros trata de
aprender de los otros sin renunciar a su individualidad propia. Son también
muchos los juristas que adoptan las tesis esenciales de la Teoría pura del derecho
sin considerarse sus partidarios y muchas veces sin nombrarla, cuando no la
combaten en forma directa y poco amistosa. A ellos les quedo particularmente
agradecido, dado que demuestran mejor que los más fieles partidarios y aun
contra su voluntad, que mi Teoría puede tener alguna utilidad.
La Teoría pura del derecho no sólo ha suscitado adhesiones
e imitaciones; también ha dado lugar a una oposición cuyo apasionamiento, casi
sin ejemplo en la historia del derecho, no es explicable de ninguna manera si consideramos
objetivamente los puntos en los cuales hay divergencia de enfoque. Algunas de
estas divergencias son producto de falsas interpretaciones que muy a menudo no
parecen ser completamente involuntarios, y cuando la oposición es real, ésta no
podrá justificar la profunda animosidad de mis adversarios, dado que la teoría
que combaten está lejos de ser enteramente nueva y de oponerse a todas las que
la han precedido. Muchas de las ideas que la Teoría pura ha desenvuelto ya se
encuentran en germen en el positivismo jurídico del siglo XIX, del cual
también mis adversarios son herederos. En rigor de verdad, lo que los
escandaliza no es tanto la circunstancia de que yo haya conducido la ciencia
del derecho en una nueva dirección, sino el hecho de que la haya invitado a
elegir una de las vías entre las cuales esa ciencia vacila permanentemente. El
hecho de que mi teoría sea consecuente consigo misma los inquieta más que su,
novedad, y esto permite suponer que razones mas políticas que científicas,
esencialmente fundadas en sentimientos, intervienen en la lucha contra la
Teoría pura.
¿Es el derecho una ciencia de
la naturaleza o una ciencia moral? Esta pregunta no tiene por qué acalorar los
espíritus y la distinción entre estas dos categorías de ciencias se ha operado
casi sin resistencia. Ahora bien, se trata solamente de facilitar un poco el
desenvolvimiento de la ciencia jurídica a la luz de los resultados obtenidos
por la filosofía de las ciencias, de tal modo que el derecho deje de ser un
pariente pobre de las otras disciplinas científicas y no siga el progreso del
pensamiento con paso lento y claudicante.
En realidad, el conflicto no se
plantea en tomo de la ubicación del derecho respecto de las otras ciencias y
sobre las consecuencias que ello trae aparejadas, sino alrededor de las
relaciones entre el derecho y la política. Mis adversarios no admiten que estos
dos dominios estén netamente separados el uno del otro, dado que no quieren
renunciar al hábito, bastante arraigado, de invocar la autoridad objetiva de
la ciencia del derecho para justificar pretensiones políticas que tienen un
carácter esencialmente subjetivo, aun cuando de toda buena fe correspondan al
ideal de una religión, de una nación o de una clase.
Esta es la razón de la
oposición, yo diría casi del odio, que encuentra la Teoría pura. Estos son los
móviles de la lucha que se le ha entablado por todos los medios. Es que aquí
están en juego los intereses más vitales de la sociedad, sin hablar de los
intereses profesionales de los juristas que —cosa muy natural— no renuncian de
buen grado a creer y hacer creer que su ciencia permite encontrar la solución
"justa" de los conflictos de intereses en el seno de la sociedad.
Dado que ellos conocen el derecho existente, también se consideran llamados a
crear el derecho del porvenir, y, en su deseo de influir en su formación,
pretenden tener en el terreno de la política 'un rango superior al de simples
técnicos de las cuestiones sociales.
El principio de la separación
de la ciencia jurídica y de la política, tal como ha sido planteado por la Teoría
pura, tiene naturalmente consecuencias políticas, así fueran solamente
negativas. Tal principio conduce a una autolimitación de la ciencia del
derecho, que muchos consideran una renuncia. Por lo tanto, no debe sorprender
que los adversarios de la Teoría pura no estén dispuestos a reconocerla, y que
no vacilen en desnaturalizarla para poder combatirla mejor. A tal efecto sus
argumentos, más que dirigirse a la misma Teoría, se orientan hacia la imagen
deformada que cada uno de ellos se ha hecho de acuerdo con sus necesidades, de
tal manera que sus argumentos se anulan los unos a los otros y toman casi
superfina una refutación.
Algunos declaran con desprecio
que la Teoría pura no tiene ningún valor, ya que se trataría de un vano juego
de conceptos desprovistos de significación. Otros se inquietan ante sus
tendencias subversivas, que significarían un peligro serio para el Estado y su
derecho, y dado que se mantiene al margen de toda política, se le reprocha a
menudo alejarse de la vida y por tal razón carecer de todo valor científico.
También se pretende frecuentemente que no es capaz de mantener hasta el fin sus
principios de método y que es sólo la expresión de una filosofía política
particular. Pero, ¿cuál? Páralos fascistas la Teoría pura se vincula con el
liberalismo democrático. Para los demócratas liberales o los socialistas abre
el camino al fascismo. Los comunistas la rechazan, puesto que seria una
ideología inspirada en el estatismo capitalista, mientras que los partidarios
del capitalismo nacionalista ven en
ella la expresión de un bolcheviquismo grosero o de un anarquismo disimulado.
A los ojos de algunos su espíritu.-estaría emparentado con el de la escolástica
católica. Otros creen reconocer en ella las características de una teoría.
protestante del derecho y del Estado. Pero también tiene adversarios que la
condenan por su ateísmo. En una palabra, no hay ninguna tendencia política de
la que no haya sido acusada la Teoría pura del derecho. Esta es la prueba —ella
misma no podía darla mejor— de que ha sabido conservar su carácter de teoría
"pura".
Los principios de su método no
podrían ser seriamente cuestionados si el derecho debe ser el objeto de una
disciplina que merezca el nombre de ciencia, Solamente podría preguntarse hasta
dónde es posible aplicarlos. Sobre este punto hay una diferencia muy importante
entre las ciencias sociales y las ciencias de la naturaleza. Sin duda estas
últimas tampoco han podido permanecer al abrigo de toda tentativa de presión
política, como la historia lo demuestra claramente. ¿No se sintió amenazada una
potencia mundial por el anuncio de la verdad sobre el curso de los astros? Pero
si las ciencias de la naturaleza lograron independizarse de la política fus
debido a un interés social todavía más importante, el progreso de la técnica,
que solamente la libertad de la investigación científica puede garantizar. Las
ciencias sociales, en cambio, carecen de esta ventaja, pues no se encuentran en
condiciones de hacer progresar la técnica social de manera tan directa y
evidente como la física y la química contribuyen al progreso de la mecánica
aplicada o de la terapéutica medicinal. Es sobre todo por su insuficiente
desarrollo que las ciencias sociales no han encontrado todavía en la sociedad
el apoyo que les permita hacer abstracción completa de las ideologías sociales
deseadas por los que ejercen el poder o por los que aspiran a conquistarlo. La
falta de este apoyo se nota especialmente en nuestra época, pues la guerra
mundial y sus consecuencias han sacudido profundamente las bases de la vida
social y agudizado al extremo las oposiciones que se manifiestan entre los
Estados y en el interior de cada uno de ellos. En un periodo de equilibrio
social el ideal de una ciencia objetiva del derecho y del Estado podría tener
alguna posibilidad de encontrar un asentimiento general, pero nada parece hoy
en día más contrario al espíritu de la época que una teoría del derecho que
quiera salvaguardar su "pureza". Cada poder político puede contar con
los servicios de alguna de las otras teorías y hasta se llega a reclamar una
ciencia jurídica fundada sobre la política y a reivindicar para ella el titulo
de ciencia "pura", convirtiendo así en virtud una actitud que
solamente una extrema necesidad personal podría, en rigor, excusar.
Si a
pesar de ello me animo en semejante época a condensar los resultados de mis
trabajos sobre el problema del derecho, es con la esperanza de que el número de
aquellos que prefieren el espíritu a la fuerza sea mucho más elevado de lo que
en la actualidad parece. Quiera la joven generación, crecida en el tumulto, no
renunciar enteramente a creer en una ciencia jurídica libre, de la cual el
porvenir —estoy convencido— recogerá los frutos.
hans kelsen
Ginebra, mayo de 1934